¿Quiénes pueden certificarse?

En esta primera etapa, pueden postularse las empresas grandes, medianas o pequeñas, de cualquier sector de la actividad empresarial en Perú, que:

Tengan implementado los requisitos mínimos y complementarios de un Modelo de Prevención de los siguientes delitos, en todas sus formas: soborno, corrupción privada, colusión, conflicto de intereses, lavado de activos, contabilidad paralela, establecidos en la Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas, sus modificaciones y su Reglamento (Ley N° 31740 que modifica la Ley N° 30424, DL N° 1352, Ley N° 30835, y DS Nº 002-2019-JUS).

Asimismo, las empresas que contemplen controles para prevenir la corrupción privada; o tengan implementado y certificado el estándar internacional conocido como ISO-37001 en sus procesos centrales.

En una segunda etapa, se podrán postular todas las empresas que estén interesadas en iniciar la implementación de un Modelo de Prevención de Delitos de acuerdo con la legislación peruana y siempre que cumpla con el estándar de Empresarios por la Integridad.

Beneficios

  • Las protege legalmente.

  • Les permite participar en un movimiento de integridad con las empresas que lideran el cambio cultural.

  • Fortalecer el sistema de “compliance” que ya tienen las empresas y alinear la cultura corporativa de la empresa basada en valores.

  • Disuadir a funcionarios públicos y privados de actos de corrupción.

  • Acompañamiento en el acceso al Canal de Denuncias de la CGR.